La importancia del asesoramiento en los trámites hereditarios
Por suerte o por desgracia los trámites hereditarios no son muy conocidos por los ciudadanos, es normal que la gente no les preste mucha atención hasta que les llega el momento en que les afecta directamente.
Es cuando acuden a este primer asesoramiento en el despacho cuando nos damos cuenta realmente de la falta de conocimiento por parte de los familiares. En Maireles Abogados contamos con la experiencia y solvencia necesarias para solucionar sus dudas urgentes telefónicamente. Trabajamos con las más reconocidas compañías de Decesos que nos confían la gestión de muchos de sus clientes a diario.
Por eso y porque cada caso puede presentar diferentes particularidades es importante, que ese asesoramiento se haga con un despacho especializado en sucesiones y donaciones, para buscar causar el menor perjuicio económico a los familiares que heredan.
Adentrándonos en el tema, en Andalucía, lo primero que tienen que saber los familiares que van a heredar, es que hay unos trámites que son obligatorios a realizar y que para ello tienen seis meses desde el fallecimiento, estos trámites son:
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Impuesto de sucesiones y donaciones:
-Este impuesto es una obligación fiscal a nivel autonómico, que nos impone la Junta de Andalucía en este caso que estamos poniendo de ejemplo. La gran pregunta que nos hacen los familiares a la hora de hablar de este Impuesto es
«¿Cuánto tenemos que pagar..?»
Pues bien, deben saber que tras la reforma en enero de 2017,el mínimo exento se elevo a 250.000€ ,cuando se hereda en primer grado (padres , hijos abuelos); no se aplica este mínimo en línea colateral -es decir, hermanos-, lo que quiere decir que solo saldrá a pagar este impuesto cuando por heredero se hereda más de 250.000€ , pongamos un ejemplo muy a groso modo, para que se vea con mayor claridad:
Fallecimiento de una persona, que deja como herederos 3 hijos, y que tiene una propiedad en Cádiz al 100% de titularidad con un valor fiscal de 175.000€ y otra propiedad en Chiclana valorada en 190.000€ , más una cuenta bancaria al 100% de 7.000€ .
El total del caudal hereditario en este ejemplo que estamos usando serían 372.000€. Al ser tres herederos, cada uno heredaría 124.000€ , por lo que al estar por debajo de los 250.000€ , este impuesto no les saldría a pagar .
El que no salga a pagar, no quiere decir que no se tenga que presentar, este impuesto se debe de presentar siempre, ya que si no corremos el riesgo de que la Junta pueda multar a cada heredero.
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Plusvalía:
Este impuesto es una obligación fiscal a nivel municipal, nos obliga el ayuntamiento donde se encontrara el bien inmueble a heredar (siguiendo el ejemplo anterior serían los ayuntamientos de Cadiz y Chiclana).
Es el gran desconocido a nivel hereditario, ya que la gente lo menciona solo en los casos de las compraventas, pues bien en el caso de las herencias también hay que liquidarlo, y además este sí que saldrá a pagar, no obstante existe una bonificación por vivienda habitual, aunque cada ayuntamiento lo gestiona de diferente manera la reducción oscila entre el 50 y el 95 % , (así que no se nos debe olvidar mencionar al ayuntamiento cuando presentemos la documentación para liquidar el impuesto que se nos aplique esta bonificación, siempre que se desee aplicar) .
Estos serían los impuestos obligatorios que habría que realizar tras un fallecimiento, para que no tuviéramos problemas con posibles multas que acarrean la no presentación de los mismos.
Datos importantes es:
- Recordar que tenemos 6 meses desde el fallecimiento.
- Saber que contamos con especialistas que se encargarán de todos los trámites y nos avisarán de los plazos para cada uno de ellos. Los Despachos Maireles Abogados están abiertos en horario intensivo desde las 08:30hasta las 18:30 para prestar mejor servicio. Podemos solucionar sus dudas telefónicamente y trabajamos con las más reconocidas compañías de Decesos que nos confían la gestión de muchos de sus clientes a diario.
- En el próximo artículo hablaremos de los trámites notariales, y de los problemas con los bancos a la hora de gestionar las cuentas de los fallecidos.
No dude en consultar con nuestros profesionales en Derecho Sucesorio, Herencias y Testamentos cualquier duda que pueda surgirle. Estamos a su disposición telefónicamente y en nuestros despachos de toda Andalucía,Comunidad Valenciana y Murcia
Sara Pérez de Nanclares Herranz
Abogada Maireles Abogados
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