Debido al enclave de Málaga y su provincia en cuanto a atractivo por inversión extranjera Maireles & Asociados  Abogados gestiona todos  los trámites con las nuevas directrices que el gobierno ha marcado  para conseguir la residencia de extranjeros en Málaga y su provincia. A continuación un descriptivo resumen para conseguir la residencia en nuestro país.

Requisitos :

1. VISADO DE RESIDENCIA PARA INVERSORES DE CAPITAL

Destinado a inversores de capital con una inversión inicial por un valor igual o superior a dos millones de euros en títulos de deuda pública española, o por un valor igual o superior a un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas, o depósitos bancarios en entidades financieras españolas.

2. VISADO RESIDENCIA POR ADQUISICIÓN DE INMUEBLES EN ESPAÑA

Destinado a aquellos extranjeros que acrediten la adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros. El solicitante deberá acreditar disponer de la inversión libre de toda carga o gravamen. La parte de la inversión que exceda del importe exigido podrá estar sometida a carga o gravamen. Cuando se trate de bienes gananciales.

3. VISADO RESIDENCIA EMPRENDEDORES Y ACTIVIDAD EMPRESARIAL

Destinado tanto a inversores que presenten un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, como para los que tengan previsto entrar y permanecer en España por un periodo de un año con el fin único o principal de llevar a cabo los trámites previos para poder desarrollar una actividad emprendedora.

4. VISADO RESIDENCIA PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS

La solicitud de este visado requiere que por parte de la empresa se lleve a cabo la tramitación previa en España de una autorización de residencia para profesionales altamente cualificados, tramitación que se efectuará en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos. Su concesión corresponderá a la Dirección General de Migraciones. Una vez obtenida dicha autorización, el extranjero podrá solicitar este visado, aportando los requisitos que con carácter general se establecen en esta Ley.

5. VISADO DE RESIDENCIA PARA INFORMACIÓN E INVESTIGACIÓN

Destinado a extranjeros que deseen realizar actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación en entidades públicas o privadas. Tales casos son:

a. El personal investigador al que se refieren el artículo 13 y la disposición adicional primera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

b. El personal científico y técnico que lleve a cabo trabajos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, en entidades empresariales o centros de I+D+Iestablecidos en España.

c. Los investigadores acogidos en el marco de un convenio por organismos de investigación públicos o privados, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

d. Los profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación superior e investigación, o escuelas de negocios establecidos en España, de acuerdo con los criterios que se establezcan reglamentariamente.

6. VISADO DE RESIDENCIA POR TRASLADO INTEREMPRESARIAL

Podrá ser tramitado por aquellos extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional, con una empresa o grupo de empresas establecida en España o en otro país.

La solicitud de visado deberá ir precedida de la tramitación en España de una autorización de residencia por traslado intraempresarial, tramitación que se llevará cabo por parte de la empresa en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos. Su concesión corresponderá a la Dirección General de Migraciones. Una vez obtenida dicha autorización, el extranjero podrá solicitar este visado, acreditando que reúne los requisitos que con carácter general se establecen en la Ley.

7. VISADO DE RESIDENCIA PARA FAMILIARES

En el caso de solicitud de residencia también para los familiares que acompañen o se reúnan con los extranjeros, éstos deberán cumplir los requisitos generales señalados. Se entiende como familiares que pueden acompañar o reunir con el solicitante:

  • Cónyuge
  • Hijos menores de 18 años,
  • Hijos mayores de 18 años que no sean objetivamente

Servicios de Maireles & Asociados Abogados

Además de tramitar los visados y todos los requisitos específicos que los organismos demandan para conseguir el visado de residencia , ayudamos a los inversores privados extranjeros en los siguientes puntos que a continuación resumimos al tener una estrecha colaboración con las instituciones públicas:

  1. Apoyo en la búsqueda de fuentes de financiación.
  2. Gestión de agendas y contactos con los organismos públicos (Diputación, Ayuntamientos, Agencias, Delegaciones provinciales, etc.). Se trata de acercar al inversor a las entidades de las que requiera algun tipo de trámite o consulta
  3. Búsqueda y gestión de incentivos públicos
  4. Búsqueda de socios financieros y tecnológicos
  5. Facilitación de contactos con proveedores locales y/o comarcales
  6. Localizacion de espacios productivos
  7. Oportunidades de negocio público-privado, licitaciones públicas de los Ayuntamientos de la Provincia
  8. Localizar todos los espacios productivos que actualmente están en funcionamiento en la provincia de Málaga: polígonos industriales, parques empresariales, etc., ofreciendo una información básica de los mismos.

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